Medidas cautelares
Mediante su marco normativo, la Jurisdicción Especial para la Paz contempla la posibilidad de solicitar medidas cautelares en situaciones de gravedad y urgencia. Tales medidas cautelares han sido declaradas por la propia Jurisdicción como restaurativas y están encaminadas a proteger los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. UMAIN, en el marco de los procesos restaurativos que acompaña y asiste, ha solicitado diversas medidas de esta naturaleza ante la Jurisdicción Especial para la Paz.
Palacio de Justicia
En el caso del Palacio de Justicia, a propósito de la toma y la retoma de ese lugar emblemático sucedidas los días 6 y 7 de noviembre de 1985, se presentaron torturas y desapariciones forzadas de conformidad con lo concluido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Las personas sospechosas fueron clasificadas y conducidas a la Casa del Florero donde les fueron infringidas torturas e interrogatorios, posteriormente algunas de ellas fueron trasladas al Cantón Norte y, finalmente, unas cuantas desaparecidas e inhumadas en el Cementerio Central del Sur. En ese sentido, las medidas cautelares que asesora UMAIN tienen el propósito central de resignificar esos tres lugares para la dignificación de las víctimas y la preservación de la memoria histórica. En adición a esa petición central, se ha solicitado el retiro de medallas y condecoraciones a los integrantes de la Fuerza Pública que han sido determinados como responsables por estos hechos, así como el retiro de una placa conmemorativa ubicada en la Alcaldía Mayor de Bogotá y la desclasificación de archivos para avanzar en el esclarecimiento de verdad en este caso.
A través de la medida se solicita a la JEP proteger y resignificar la Casa del Florero, las Caballerizas del Cantón Norte y el Cementerio del Sur como lugares de memoria para garantizar la reparación integral de las víctimas y el derecho a la verdad de la sociedad colombiana. La solicitud enfatiza la necesidad de conservar estos lugares para facilitar procesos restaurativos y evitar la repetición de estos hechos.
Hornos crematorios
En el marco de su comparecencia ante los mecanismos del Sistema Integral para la Paz (SIP), Salvatore Mancuso ha señalado la existencia de hornos crematorios donde se disponían los restos de personas desaparecidas en el marco del conflicto armado en el corregimiento Juan Frío del municipio de Villa del Rosario, Norte de Santander limítrofe con Venezuela. Así, en su acto de reconocimiento público de responsabilidad celebrado el día 9 de 2023, el señor Mancuso Gómez anunció la solicitud de medidas cautelares de cuidado, protección y conservación material y simbólica de los inmuebles en los cuales se encuentran los hornos crematorios.
Adicionalmente, se solicitó que las medidas de conservación simbólica incluyan la resignificación de los lugares a partir de la conservación de la memoria histórica con el fin de poder recordar en él a las víctimas del conflicto y a que se conozca la verdad sobre las causas, hechos y consecuencias de su victimización como una garantía de no repetición. La solicitud de medidas cautelares ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se fundamenta en la necesidad de proteger, conservar y cuidar inmuebles que contienen hornos crematorios utilizados por paramilitares entre 2001 y 2004 para la desaparición de cuerpos. La inacción estatal ha provocado un riesgo significativo de pérdida de restos humanos y de material de interés forense, además de impedir la resignificación de estos lugares como espacios de memoria para las víctimas del conflicto armado. Las medidas buscan tanto la protección material para evitar la pérdida de evidencia forense como la protección simbólica para preservar la memoria histórica y garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y la sociedad. La intervención es urgente y necesaria para evitar la perpetuación del daño y la revictimización, y para contribuir a la justicia transicional y la paz duradera en Colombia.
